Walter Mercado, las estrellas, los litigios y LOS CONTRATOS

Firmar contratos puede ser complicado o simple. A Walter Mercado le habríamos ahorrado los problemas. Contáctenos para cuidar sus intereses legales

Walter Mercado es un ser que con sus actos, se ganó el derecho a ser inmortal- al menos entre nuestra generación. Así lo confirman sus millones de seguidores por décadas; como este iconoclasta, que nació a inicios de los años 30s, cambió el mundo de la astrología y desafió a sociedades machistas y homofóbicas con sus características de un ser no binario, que brilló con sus autenticidad por todo el mundo.

Netflix publicó un documental sobre la vida y obra de la leyenda de Walter Mercado, en donde hacen un recorrido sobre su fantástica vida. Muchas lecciones se aprenden de ella, pero sobretodo, la importancia de contar con el respaldo, seguridad y garantía de tener un abogado de confianza que cuide y proteja sus intereses. Ya que tal y como cuenta Walter, su gran fallo fue no contar con un abogado de confianza que le advirtiera los riesgos legales y comerciales que implicaba firmar el contrato con Guillermo Bakula de Bart Enterprises International Limited.

Durante años, Walter fue objeto de litigios para conseguir terminar ese contrato, con el cual cedió todo su trabajo y nombre a Bart Enterprises International Limited. Esto pudo haber sido fácilmente identificado por un abogado, pero no fue; y le costó salir de la televisión, y cientos de noches -seguramente- de ansiedad por tener que lidiar con esa sensación de traición. Ese es el poder de un contrato, puede doblegar, incluso a estrellas como Walter; por ello hay que tomarlos con cuidado y de la mano con un asesor legal de confianza. Será un honor atenderle y evitar que eso le ocurra a usted.

Extracto del documental de Netflix de Walter Mercado donde explica los problemas que enfrentó por firmar un contrato sin asesoría legal seria. Esto nunca le habría pasado a Walter si hubiese tenido a Simple Legal Consulting como sus abogados.

¿Pero porqué un contrato es tan importante?

Un contrato, es una foto al momento en que todas las partes están contentas, todavía no hay conflictos, se hacen cuentas futuras de lo beneficioso que será el negocio, las partes se llaman “socios” y en muchos casos, significa un momento de gran felicidad, paz y armonía. Pero en muchas otras, puede también significar el fin de una carrera, sobretodo cuando se pactan condiciones abusivas para una de las partes, que la deja en desventaja. Por ello, es crucial que antes de firmar un contrato, cuenten con el respaldo y apoyo de un asesor legal.

Un contrato, la ley entre las partes según lo explica el Saturno jurídico que representa el Código Civil, deja las reglas claras para preservar la armonía entre las partes: cuáles son las obligaciones de cada una, cómo se cumplen esas obligaciones, qué hacer en caso que surjan impedimentos para cumplir con las obligaciones, fijan parámetros de comportamiento esperados cuando ocurran supuestos no previstos por el contrato y hasta mecanismos de resolución de controversias, bien para resolver los litigios en las Cortes Nacionales o de forma privada, confidencial y secreta en un arbitraje… Pero si suenan bien ¿porqué no siempre se hacen los contratos?

Primero, porque no todo negocio jurídico lo requiere. Por ejemplo, la compra de dulces en un supermercado, es un contrato de compraventa, pero no se requiere firmar nada en especial para hacerlo. Diferente es el caso de una compra de un inmueble, que la ley establece la necesidad de cumplir con ciertos formalismos legales para que se pueda considerar que existe ese negocio jurídico. Algo similar pasa con contratos de garantía como son la hipoteca o la prenda, que requieren que sea oficializado con un notario. Así hay muchos supuestos adicionales que representan la excepción en la contratación, pues la mayoría de contratos pueden ser verbales, y no hace falta que consten por escrito, pues existen con la mera manifestación oral de las partes. Claro, que al no constar por escrito, existe una dificultad adicional en caso de conflictos en su ejecución, pues no consta un respaldo de lo que se acordó y pueden generarse malos entendidos.

Así una persona puede esperar un productor color rojo, pero le están entregando un producto color rojizo, pues no se detalló la paleta de colores que debía ajustarse. Es decir que la ausencia de contrato firmado, no significa que no se pueda demandar; sino que implica que se tendrán dificultades adicionales, ya que se deberá probar el alcance y detalle de las obligaciones contractuales. El contrato, en este sentido, es un simplificador ya que define ( o al menos debería definirlas) las obligaciones de cada una de las partes. 

Además, existe una errada idea que pedirle a alguien firmar un contrato es ofensivo: “Yo soy de palabra”dicen algunos para justificarse que firmar contratos, es para quien no es de palabra. Cuando en realidad es todo lo contrario, pues invitar a alguien a firmar un contrato es la mejor manera de garantizar y certificar las posiciones de cada una de las partes de la relación contractual, es perfeccionar el dicho de “Yo soy de palabra” y pasarlo a “Yo soy de palabra escrita” ya que se reducen los espacios para las diferentes interpretaciones. Así, por ejemplo en un contrato de compraventa de bienes de temporadas (árboles de navidad, por ejemplo) basta con un intercambio de correos y puede que el comprador tendrá claro a cuál cuenta debe depositar el monto a pagar, y el vendedor sabe en qué lugar debe entregar la mercadería.

Pero no hacerlo de manera formal y detallada, puede abrir una portilla para problemas que pueden ser previstos o atajados en un contrato: calidad de los materiales, día límite para la llegada de los productos (1 de diciembre, por ejemplo, para que tenga tiempo para colocar el producto navideño de acuerdo a la estacionalidad), multas por llegadas tardías con el fin de compensar el incumplimiento a la fecha pactada, color y otros detalles accidentales del bien vendido (no es lo mismo un árbol verde, que uno morado), material utilizado, características del ensamblaje en relación con el uso de mano de obra calificada (y que no sea ensamblado con mano de obra infantil) , entre muchos otros, como limitación de responsabilidad ante una catástrofe (un incendio del árbol de navidad por ser elaborado con producto altamente inflamable) o regulación de supuestos antes escándalos en redes sociales que puede repercutir en la reputación de la marca.

Otros componentes que pueden detallarse en un contrato, resultan aquellos que se enfocan en el tipo de moneda y cómo compensar en caso que exista un desfalco financiero o una caída de la moneda pactada en el contrato (imaginemos que caiga el dólar con la misma intensidad que la moneda venezolana, por ejemplo) que lo hace excesivamente oneroso, la forma de comunicarse, las condiciones para efectuar cambios en lo ordenado, precio del flete y el lugar en donde se entiende que se entienden que las mercancías se tienen como entregadas (no es lo mismo que se entreguen en el puerto de embarque que en el puerto de destino). También, es usual acordar en un contrato, cómo responder ante casos que ninguna de las partes tiene control: un terremoto, un diluvio, una huelga general, un asalto… ¿quién deberá llevar la carga de los bienes perdidos? ¿Se deberá devolver lo pagado?… esas son las cosas que precisamente resultan más fáciles de llegar a un acuerdo, cuando no han ocurrido, pues nadie quiere cargar con la pérdida y no todo empresario tiene dotes del Rey Salomón para tomar medidas justicieras.

Todas esas (y muchas más) son supuestos que un contrato puede prever y definir. Por muy dramático que se lea, es mejor prevenir que lamentar y echar a perder una relación comercial. Pues basta imaginar una situación donde sin que exista un contrato formalmente firmado por las partes, ocurra un supuesto no previsto ¿Qué se hace en ese momento? son situaciones incomodas que abren portillos innecesarios a discusiones que solamente van a generar pérdidas y en algunos casos, se elevarán los conflictos a demandas judiciales o en procesos de arbitraje.

Aún en los casos que existen contratos, no se puede perder de vista que existen diferentes reglas para interpretar una cláusula contractual, dando pie a elementos para sustentar una posición o la otra, no es solo el sentido de las palabras el que pesa, sino también la finalidad que persiguen las partes, la ubicación de la cláusula contractual, la ejecución del contrato, la relación previa entre las partes. Por lo que es conveniente contar con un respaldo legal que le brinde confianza, paz y seguridad en los pasos comerciales que dan en el día a día. Nuestro trabajo es cuidar y proteger los intereses y derechos de nuestros clientes, por lo que le invitamos a contactarnos.

No es de extrañarse que muchas personas le tengan fobias a los contratos, que tengan un miedo a firmarlos, pues ponerse a pensar en todos los problemas que pueden generarse siempre generar estrés. Pero es mejor tener un malestar transitorio y temporal, que uno que dure por muchos años por la falta de un contrato que puede representar  una millonaria perdida. Así la mejor manera de superar este miedo, es entendiendo los beneficios de firmarlo: reglas y cuentas claras. 

Y finalmente, recuerde que más vale invertir unos cuantos dólares en la elaboración de un buen contrato, que hacer un contrato “casero” y terminar perjudicando sus intereses comerciales. Si tiene dudas, llámenos, estamos para apoyarle. 

Leer más